lunes, 14 de octubre de 2013

CUESTIONARIO PAGO ANUAL


1° ¿Qué nos dice el Articulo 31 Fraccion IV de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos? 
Establece la obligación de  los Mexicanos de contribuir al gasto público, respetando los principios de legalidad, proporcionalidad y equidad.

2° ¿A qué se refiere el Artículo Segundo del Codigo Fiscal de la Federacion?

Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social contribuciones de mejores y derechos.

3°¿Qué Personas Morales reducen su impuesto?

Las Personas Morales que realicen exclusivamente actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, podrán aplicar lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 81 de la LISR.

  4° ¿Cuándo y cómo se realizara la Declaracion Anual del Ejercicio?
 Se pagara mediante declaración que presentaran ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a  la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.

5° ¿Cómo se calcula la utilidad fiscal para el pago provisional?

La utilidad fiscal se determinara multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción I  

6°¿Qué se requiere para realizar el pago anual?

  • Estado de posición financiera (balance general)
  • Estado de resultados
  • Conciliación contable-fiscal
  • Pagos y/o declaraciones provisionales, mensuales y/o definitivas.
  • Papeles de trabajo en los que calculó sus pagos provisionales de ISR, mensuales de IVA e IETU
  • Su Firma Electrónica Avanzada
  • En su caso, constancia de percepciones y retenciones y constancia de recaudación del IDE.
7°¿Es aplicable a personas morales la facilidad de pagar su impuesto anual del ISR hasta en 6 parcialidades?

No existe opción para pagar en 6 parcialidades el ISR anual de personas morales. En su caso, se debe presentar solicitud de autorización, en los casos permitidos por el CFF.

¿Cómo y dónde se presenta la declaración anual de personas morales, cuando NO hay impuesto a cargo?


Capturarán los datos solicitados en el programa citado, correspondiente a las obligaciones fiscales a que se encuentre sujeto, debiendo manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son ciertos.



Concluida la captura, se enviará al SAT la información vía Internet  a través de la dirección electrónica www.sat.gob.mx. La citada dependencia enviará por la misma vía el acuse de recibo electrónico, mismo que deberá contener: 


  • Fecha de presentación.
  • Número de operación.
  • Sello digital.

9° Tratándose de consolidación ¿cómo se presenta la declaración anual, cuando existe impuesto a pagar?

Las cantidades a cargo por cualesquiera de los impuestos deberán pagarse en los plazos establecidos en las disposiciones fiscales para la declaración anual, conforme al siguiente procedimiento:

Los contribuyentes deberán accesar  a  la dirección electrónica en Internet de las instituciones de crédito autorizadas, para efectuar su pago, debiendo capturar a través de los desarrollos electrónicos diseñados para tal efecto, los datos correspondientes a los impuestos por los que se tenga cantidad a cargo, debiendo efectuar el pago de los impuestos citados mediante transferencia electrónica de fondos, manifestando bajo protesta de decir verdad que el pago que se realiza corresponde a la información de la declaración relativa al impuesto y ejercicio, previamente enviada al SAT.


10° ¿Cuándo se presenta la declaración anual del Régimen de Consolidación Fiscal?
 
Dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.
 
11°  En caso de que en la declaración anual del Régimen de Consolidación Fiscal, resulte diferencia a cargo de impuesto ¿Cuándo lo deberá enterar la sociedad controladora?

Se deberá enterar con la propia declaración, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio

12° ¿Cuándo se presenta la declaración del ISR del ejercicio de las PM con Fines no Lucrativos por percibir ingresos de enajenación de bienes o prestación de servicios?

Cuando vendan bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, y dichos ingresos excedan del 5% de los ingresos totales del ejercicio, la persona moral deberá determinar el impuesto que corresponda a la utilidad por los ingresos mencionados.

13° ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración del ejercicio de personas morales Régimen Simplificado?

Las personas morales de Régimen Simplificado, que tributen conforme al Capítulo VII del Título II de la LISR, excepto tratándose de ejidos y comunidades;  uniones de ejidos y de comunidades; empresas sociales, constituidas por avecindados e hijos de ejidatarios con derechos a salvo; asociaciones rurales de interés colectivo; unidades agrícolas industriales de la mujer campesina y colonias agrícolas y ganaderas, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de un monto equivalente a 20 veces el salario mínimo general del área geográfica elevado al año por cada uno de sus integrantes, sin exceder en su conjunto de 200 veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del Distrito Federal elevado al año, y que no tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas. Tratándose de ejidos y comunidades, así como uniones de ejidos y de comunidades, no será aplicable el límite de 200 veces el salario mínimo.

14° ¿Cuándo se presenta la declaración anual de personas morales del Régimen Simplificado?

Durante el mes de marzo del año siguiente, excepto cuando se trate de personas morales  cuyos integrantes por los cuales cumpla con sus obligaciones fiscales sólo sean personas físicas, se presentará en el mes de abril del año siguiente.

15° ¿En qué medio debo presentar la declaración anual?


La declaración anual de personas morales correspondiente a los ejercicios fiscales de 2012 se presenta con la nueva versión 1.5.6 del programa electrónico para la presentación de la declaración anual de personas morales conocido como DEM (Documentos Electrónicos Múltiples).


El programa podrás obtenerlo en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) www.sat.gob.mx o en dispositivos ópticos (CD) ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente.


En la página del SAT se establece que para presentar la declaración debes tener a la mano la información y los documentos necesarios. Sigue estos pasos:


1. Descarga e instala el programa Declaración Anual de personas morales DEM.


2. Captura la información de su declaración en el formulario electrónico (formato 18) que te corresponda.


3. Genera el archivo para el envío de la información.


4. Finalmente, envía el archivo de la declaración. Para enviarla debes tener tu Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente o tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) actualizada.


El SAT te enviará un acuse de recibo con sello digital. Te recomendamos que lo imprimas y lo conserves.


En caso de que no obtengas impuestos a cargo o el resultado sea un saldo a favor, tu obligación finaliza al presentar la declaración. Por el contrario, si existen impuestos a cargo, debes realizar el pago por transferencia electrónica en el portal de tu banco autorizado.



16° ¿En qué año fue establecido el impuesto sobre la renta?

En el año de 1798.

17° ¿Quien estableció el impuesto sobre la renta?

Fue establecido por el primer ministro ingles William Pitt.

18° ¿Cuál era su fin?

Obtener los Fondos para hacer la guerra a Francia y se abolio en el año 1816.

19° ¿En qué año se implanto el Impuesto sobre la Renta en Suiza y en Australia?

En Suiza 1840 y en Australia 1849.

20° ¿E que año se establecio el Impuesto Sobre la Renta en Mexico?

En 1924 despues de un primer intento en tal sentido en la llamada “LEY DEL CENTENARIO” de 1921.

21°  ¿Qué es el servicio de declaraciones y pagos?

Es un servicio para presentar pagos provisionales o definitivos del ISR,
IETU, IVA o IEPS, incluyendo retenciones, a través de medios y formatos
electrónicos, incluyendo complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, por medio del portal de internet del SAT

22° ¿Cómo puedo ingresar al servicio de Declaraciones y Pagos?

A través del portal de internet del SAT (www.sat.gob.mx) / Mi portal / Pago referenciado / deberá proporcionar su RFC y Contraseña (antes CIEC)

23° ¿El servicio realiza el cálculo automático de los impuestos?

Sí, el servicio realiza en forma automática los cálculos aritméticos

24° ¿Cuando no aparezca registrada en el servicio de declaraciones y pagos alguna obligación fiscal que se deba presentar de manera periódica, ¿qué se debe hacer para incorporar dicha obligación?

En los casos en que el contribuyente deba presentar declaraciones
derivadas de obligaciones no registradas, el programa le mostrará un mensaje para que presente el aviso al RFC que corresponda, previamente al envío de su declaración.

25° ¿El servicio de declaraciones y pagos calcula automáticamente la actualización y los recargos?

No, el servicio de declaraciones y pagos no efectúa el cálculo en forma automática de actualización y recargos del impuesto a cargo con motivo de pago extemporáneo, por lo que el contribuyente debe calcular estos importes y capturarlos manualmente.





 

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